Se dispone un plazo de 180 días, contados a partir del 27/10/2022, para acreditar la existencia y veracidad del domicilio y sede social de las Sociedades por Acciones Simplificadas inscriptas en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, la apertura de todos los libros digitales y presentar sus estados contables correspondientes a los ejercicios económicos finalizados durante los años 2020, 2021 y 2022. Transcurrido dicho plazo, las sociedades por acciones simplificadas incumplidoras serán reportadas a AFIP como entidades presuntamente inactivas y no se dará curso a ninguna inscripción registral.