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Resolución General I.G.J. Nº 13/24. Deroga las Resoluciones Generales I.G.J. Nº 34/2020, Nº 35/2020, Nº 42/2020 y Nº 12/2021.

Por medio de la Resolución General I.G.J. Nº 13/2024 (B.O. 11/04/2024), la Inspección General de Justicia derogó las Resoluciones Generales I.G.J. Nº 34/2020, Nº 35/2020, Nº 42/2020 y Nº 12/2021.

Las Resoluciones Generales I.G.J. Nº 34/2020 y Nº 35/2020 disponían que las asociaciones civiles, las simples asociaciones, las sociedades anónimas que estuvieran o quedaran comprendidas en el artículo 299 de la Ley N° 19.550 (excepto las abarcadas por los incisos 1°, 2° y 7°), las fundaciones con un consejo de administración de integración temporaria y electiva y las Sociedades del Estado (Ley N° 20.705), debían incluir en su órgano de administración, y en su caso en el órgano de fiscalización, una composición que respetara la diversidad de género. 

Para ello se les requería establecer una composición de los órganos referidos que estuviera integrada por la misma cantidad de miembros femeninos que de miembros masculinos. Asimismo, cuando la cantidad de miembros a cubrir fuera de número impar, el órgano debía integrarse de forma mixta, con un mínimo de un tercio de miembros femeninos.

Adicionalmente, se establecía que los dictámenes de precalificación de las personas jurídicas alcanzadas debían incluir como un punto especial la composición por género de los órganos e indicar los porcentajes de la misma, así como también se requería incluir información sobre la política de género aplicada en la Memoria a los Estados Contables.

En virtud de la nueva Resolución General I.G.J. Nº 13/2024, todos estos aspectos detallados sobre la composición por género quedan sin efecto a partir de la entrada en vigencia de la norma (11/04/2024).

Resolución General 13/2024 RESOG-2024-13-APN-IGJ#MJ Ciudad de Buenos Aires, 10/04/2024