Se incrementan, desde el 1 de mayo de 2022, los importes a partir de los cuales las operaciones de venta de automotores resultan alcanzadas por los regímenes de información, según el siguiente detalle:
- Intermediación y/o compraventa de automotores y motovehículos usados -RG (AFIP) 2032-:
- Vehículos automotores usados por valores iguales o superiores a $ 600.000.-
- Motovehículos usados por valores iguales o superiores a $ 240.000.-
- Titulares registrales que transfieran automotores y motovehículos usados. Obtención del “Certificado de Transferencia de Automotores” CETA -RG (AFIP) 2729-:
- Cuando el valor de los mismos sea igual o superior a $ 2.400.000.-
Fuente: RG (AFIP) 5187/2022