Se extiende al 31/07/2022 el plazo para que los contribuyentes puedan solicitar la adhesión al Mini plan -RG (AFIP) 4959- para cancelar las obligaciones de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales sin que se tenga en cuenta la categoría del SIPER del contribuyente.El beneficio mencionado sólo alcanzará a los contribuyentes que estén incluidos en las categorías A, B, C o D del SIPER.
Fuente: RG (AFIP) 5194/2022