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RG 5333/2023. Registro Fiscal de Actividades Mineras.

Que la Resolución General Nº 3.692 y sus modificatorias, creó el “Registro Fiscal de Empresas Mineras” integrándolo al “Sistema Registral”.

Que, en virtud de la experiencia recogida durante su implementación, se estima conveniente efectuar adecuaciones al mencionado registro, tornando necesaria la sustitución de la citada norma.

Que, con el objeto de optimizar la función fiscalizadora de este Organismo sobre la actividad en trato, se considera oportuno implementar el “Registro Fiscal de Actividades Mineras”, compuesto por tres secciones: “Empresas Mineras”, “Proveedores de Empresas Mineras” y “Titulares de Permisos de Exploración o Cateo”.

Que en línea con lo antes mencionado y a los fines de incrementar las acciones de control propias de esta Administración Federal, se entiende conveniente establecer un régimen de información respecto de los titulares de permisos de exploración o cateo.

Que, por otra parte, la implementación de regímenes de retención constituye una herramienta que posibilita la función recaudatoria a cargo de este Organismo.

Que en virtud de la evaluación realizada sobre el sector minero resulta necesario prever regímenes de retención específicos respecto de las operaciones realizadas entre empresas del aludido sector.

Que, a efectos de fomentar la inscripción en el registro por parte de los sujetos obligados, se establecen alícuotas reducidas para aquellos que den cumplimiento a dicha inscripción.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Fiscalización, Recaudación y Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 27 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, el artículo 42 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, el artículo 22 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, y el artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Fuente RG (AFIP) 5333/2023 Datos de publicación: 14 de Marzo de 2023 Micrositio AFIP